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GREMIALES
Tranferencias internacionales.
Se ha resuelto aplicar un arancel equivalente al 0,5% del monto
total de cada transferencia de derechos de futbolistas que efectúen
las instituciones afiliadas a la Asociación del Fútbol Argentino
entre si y/o con clubes extranjeros.
La resolución adoptada tiene como fundamento la necesidad de hacer
frente a los gastos administrativos que implica el trámite del depósito
del porcentaje correspondiente al futbolista (15%), previsto en
el Art. 9 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 430/75, con el tiempo
que demanda la recepción y visación de la documentación pertinente,
la recepción del importe equivalente a dicho porcentaje, la constatación
del ingreso del mencionado porcentaje, la responsabilidad de custodia
de los valores o dinero efectivo que se deposite, el pago del importe
al futbolista o a quien, invocando su presentación exhiba el respectivo
poder y la nota comunicando a la Asociación del Fútbol Argentino
el cumplimiento del recaudo exigido por el citado Art. 9, que implica
la habilitación del futbolista. Todo lo cual exige ocupación de
espacio, de personal, de elementos y de tiempo de trabajo, que no
corresponde efectuar gratuitamente.
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