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LEGALES


Transformación en salario de las asignaciones no remunerativas

Por decreto de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 392/03, publicado en Boletín Oficial el 15/7/03, se dispuso adicionar $ 28 mensuales al salario básico de convenio durante ocho meses, desde julio de 2003 hasta marzo de 2004 inclusive. Como consecuencia de ello, a esta última fecha se habrá obtenido un aumento del salario básico de convenio de $ 224 sobre la remuneración vigente al 30/6/2003.

La expresada suma de $ 28 se deberá deducir, también mensualmente, de la asignación mensual no remunerativa que el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 905/03 había fijado en la suma de $ 200, desde el 1/7/03 hasta el 31/12/03, suma que, por lo tanto, quedará absorbida totalmente al mes de marzo/04 e incorporada de tal modo al sueldo del futbolista.

El futbolista ingresado a un club como profesional a partir del 1/7/03, deberá percibir una remuneración equivalente a la de aquel otro ingresado antes de esta fecha en igual carácter, a las órdenes del mismo club.



Nota de agosto de 2003




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