
REGLAMENTO DEL PROGRAMA “BENEFICIAR V”
Debido al éxito y a la gran cantidad de futbolistas inscriptos/as en el programa “Beneficiar I”, “Beneficiar II”, “Beneficiar III” y “Beneficiar IV” es que Futbolistas Argentinos Agremiados, fundado en principios humanitarios y solidarios, crea el programa “Beneficiar V”, consistente en la adjudicación de 720 becas económicas de $.100.000 cada una para ser utilizadas en los supermercados Carrefour, distribuidas en nueve meses a partir de abril hasta diciembre de 2026.
El presente programa estará sujeto a las siguientes pautas y lineamientos:
Artículo 1: Requisitos para inscribirse en el programa.
A los fines de participar de la adjudicación de las becas económicas, el/la futbolista deberá cumplir los siguientes requisitos:
1.1.- Desempeñarse como futbolista en un club que milite en las categorías Primera A, Primera Nacional, Primera B Metropolitana, Federal A, Primera C o Futbol Profesional Femenino.
1.2.- Tener contrato vigente al momento de la inscripción en el programa y al momento de la adjudicación de las becas económicas.
1.3.- No haber recibido una beca económica en una adjudicación anterior del programa “Beneficiar V”, dejando aclarado que podrán inscribirse aquellos/as que hayan sido adjudicatarios de una beca económica dentro del programa “Beneficiar I”, “Beneficiar II”, “Beneficiar III” y “beneficiar IV”.
Artículo 2: Inicio del programa.
El presente programa será presentado el 25 de marzo de 2026 para los/las futbolistas con contrato vigente, y el primer sorteo será realizado el 10 de abril de 2026.
Artículo 3: Sorteo.
3.1.- Se realizará un sorteo por mes, en el cual se adjudicarán 80 becas económicas de $.100.000 cada una.
3.2.- En dicho sorteo se designarán 80 adjudicatarios. En caso de salir sorteado un/una futbolista que ya haya sido adjudicatario en un mes anterior del presente Programa “Beneficiar V”, será nombrado adjudicatario quien detente el número de registro posterior y no haya sido nombrado adjudicatario en un mes anterior del presente Programa “Beneficiar V”.
3.3.- Las fechas de sorteo serán los días 13 de abril, 08 de mayo, 05 de junio, 10 de julio, 07 de agosto, 11 de septiembre, 09 de octubre, 06 de noviembre y 04 de diciembre de 2026.
3.4.- El sorteo se llevará a cabo en la sede de Futbolistas Argentinos Agremiados, sita en la calle Salta 1144, CABA, mediante el sistema de bolillero, en presencia de escribano público, no siendo necesaria la presencialidad en el mismo.
3.5.- Cada futbolista tendrá un número de registro que será enviado a su correo electrónico una vez aprobada la inscripción. Dicho número es el que le corresponderá para cada uno de los sorteos.
Artículo 4: Inscripción.
4.1.- Los y las futbolistas deberán inscribirse para poder participar del presente Programa, a través de la página oficial de Futbolistas Argentinos Agremiados (www.agremiados.com.ar).
4.2.- La inscripción tendrá como fecha de inicio el 25 de marzo de 2026 y como fecha de finalización el día 27 de noviembre de 2026.
4.3.- Las fechas límite para inscribirse serán el viernes anterior al día de cada sorteo.
4.4.- Una vez efectivizada la inscripción, no será necesario inscribirse nuevamente para participar de los sorteos de los meses subsiguientes que comprenden el “Programa Beneficiar V”.
4.5.- Para poder participar del sorteo de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 3 de abril de 2026.
4.6.- Para poder participar del sorteo de los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 1 de mayo de 2026.
4.7.- Para poder participar del sorteo de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 29 de mayo de 2026.
4.8.- Para poder participar del sorteo de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 03 de julio de 2026.
4.9.- Para poder participar del sorteo de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 31 de julio de 2026.
4.10.- Para poder participar del sorteo de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 04 de septiembre de 2026.
4.11.- Para poder participar del sorteo de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 02 de octubre de 2026.
4.12.- Para poder participar del sorteo del mes de noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 30 de octubre de 2026.
4.13.- Para poder participar del sorteo del mes de diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 27 de noviembre de 2026.
Artículo 5: Adjudicación.
5.1.- Los/las adjudicatarios/as serán notificados/as a través de un correo electrónico, como así también por medio de la página oficial de Futbolistas Argentinos Agremiados.
5.2.- A partir de la fecha del sorteo y adjudicación, Futbolistas Argentinos Agremiados contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer efectiva la entrega de la beca económica, la cual cumplirá enviándoles la beca económica de Carrefour por $.100.000, al correo electrónico denunciado por el/la futbolista al momento de la inscripción.
Artículo 6: Caducidad.
La adjudicación puede caducar por incumplimiento o pérdida de los requisitos enumerados en el artículo 1.
Artículo 7: Consideración especial.
7.1.- Teniendo en cuenta que, al momento del lanzamiento del Programa “Beneficiar V”, en las provincias de Santiago del Estero y de Misiones, no hay supermercados Carrefour, en el hipotético caso que el/la adjudicatario/a se encuentre viviendo en alguna de las mencionadas provincias, se determinará con posterioridad al sorteo, el comercio a través del cual el/la futbolista podrá hacer efectiva la beca económica de $.100.000.
7.2.- En el presente caso no rige el plazo de 10 días hábiles del artículo 5 del presente programa.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA “BENEFICIAR V”
Debido al éxito y a la gran cantidad de futbolistas inscriptos/as en el programa “Beneficiar I”, “Beneficiar II”, “Beneficiar III” y “Beneficiar IV” es que Futbolistas Argentinos Agremiados, fundado en principios humanitarios y solidarios, crea el programa “Beneficiar V”, consistente en la adjudicación de 720 becas económicas de $.100.000 cada una para ser utilizadas en los supermercados Carrefour, distribuidas en nueve meses a partir de abril hasta diciembre de 2026.
El presente programa estará sujeto a las siguientes pautas y lineamientos:
Artículo 1: Requisitos para inscribirse en el programa.
A los fines de participar de la adjudicación de las becas económicas, el/la futbolista deberá cumplir los siguientes requisitos:
1.1.- Desempeñarse como futbolista en un club que milite en las categorías Primera A, Primera Nacional, Primera B Metropolitana, Federal A, Primera C o Futbol Profesional Femenino.
1.2.- Tener contrato vigente al momento de la inscripción en el programa y al momento de la adjudicación de las becas económicas.
1.3.- No haber recibido una beca económica en una adjudicación anterior del programa “Beneficiar V”, dejando aclarado que podrán inscribirse aquellos/as que hayan sido adjudicatarios de una beca económica dentro del programa “Beneficiar I”, “Beneficiar II”, “Beneficiar III” y “beneficiar IV”.
Artículo 2: Inicio del programa.
El presente programa será presentado el 25 de marzo de 2026 para los/las futbolistas con contrato vigente, y el primer sorteo será realizado el 10 de abril de 2026.
Artículo 3: Sorteo.
3.1.- Se realizará un sorteo por mes, en el cual se adjudicarán 80 becas económicas de $.100.000 cada una.
3.2.- En dicho sorteo se designarán 80 adjudicatarios. En caso de salir sorteado un/una futbolista que ya haya sido adjudicatario en un mes anterior del presente Programa “Beneficiar V”, será nombrado adjudicatario quien detente el número de registro posterior y no haya sido nombrado adjudicatario en un mes anterior del presente Programa “Beneficiar V”.
3.3.- Las fechas de sorteo serán los días 13 de abril, 08 de mayo, 05 de junio, 10 de julio, 07 de agosto, 11 de septiembre, 09 de octubre, 06 de noviembre y 04 de diciembre de 2026.
3.4.- El sorteo se llevará a cabo en la sede de Futbolistas Argentinos Agremiados, sita en la calle Salta 1144, CABA, mediante el sistema de bolillero, en presencia de escribano público, no siendo necesaria la presencialidad en el mismo.
3.5.- Cada futbolista tendrá un número de registro que será enviado a su correo electrónico una vez aprobada la inscripción. Dicho número es el que le corresponderá para cada uno de los sorteos.
Artículo 4: Inscripción.
4.1.- Los y las futbolistas deberán inscribirse para poder participar del presente Programa, a través de la página oficial de Futbolistas Argentinos Agremiados (www.agremiados.com.ar).
4.2.- La inscripción tendrá como fecha de inicio el 25 de marzo de 2026 y como fecha de finalización el día 27 de noviembre de 2026.
4.3.- Las fechas límite para inscribirse serán el viernes anterior al día de cada sorteo.
4.4.- Una vez efectivizada la inscripción, no será necesario inscribirse nuevamente para participar de los sorteos de los meses subsiguientes que comprenden el “Programa Beneficiar V”.
4.5.- Para poder participar del sorteo de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 3 de abril de 2026.
4.6.- Para poder participar del sorteo de los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 1 de mayo de 2026.
4.7.- Para poder participar del sorteo de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 29 de mayo de 2026.
4.8.- Para poder participar del sorteo de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 03 de julio de 2026.
4.9.- Para poder participar del sorteo de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 31 de julio de 2026.
4.10.- Para poder participar del sorteo de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 04 de septiembre de 2026.
4.11.- Para poder participar del sorteo de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 02 de octubre de 2026.
4.12.- Para poder participar del sorteo del mes de noviembre y diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 30 de octubre de 2026.
4.13.- Para poder participar del sorteo del mes de diciembre del 2026, deberán inscribirse como fecha límite, hasta el día 27 de noviembre de 2026.
Artículo 5: Adjudicación.
5.1.- Los/las adjudicatarios/as serán notificados/as a través de un correo electrónico, como así también por medio de la página oficial de Futbolistas Argentinos Agremiados.
5.2.- A partir de la fecha del sorteo y adjudicación, Futbolistas Argentinos Agremiados contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer efectiva la entrega de la beca económica, la cual cumplirá enviándoles la beca económica de Carrefour por $.100.000, al correo electrónico denunciado por el/la futbolista al momento de la inscripción.
Artículo 6: Caducidad.
La adjudicación puede caducar por incumplimiento o pérdida de los requisitos enumerados en el artículo 1.
Artículo 7: Consideración especial.
7.1.- Teniendo en cuenta que, al momento del lanzamiento del Programa “Beneficiar V”, en las provincias de Santiago del Estero y de Misiones, no hay supermercados Carrefour, en el hipotético caso que el/la adjudicatario/a se encuentre viviendo en alguna de las mencionadas provincias, se determinará con posterioridad al sorteo, el comercio a través del cual el/la futbolista podrá hacer efectiva la beca económica de $.100.000.
7.2.- En el presente caso no rige el plazo de 10 días hábiles del artículo 5 del presente programa.